¿Cómo puedo interponer un recurso de revisión?

Con base en el Artículo 109, el recurso de revisión procede por cualquiera de las siguientes causas:

¿Cuáles son las opciones para interponer un recurso de revisión?

Con base en el Artículo 110, los recursos de revisión podrán interponerse:

¿Quién puede interponer un recurso de revisión y en qué plazo?

Con base en el Artículo 111, toda persona podrá interponer, por sí o a través de su representante legal, el recurso de revisión, mediante escrito libre o a través de los formatos establecidos por el Instituto o por medio del sistema de gestión de medios de impugnación.

El plazo para interponer un recurso de revisión se realizará dentro de los veinte días siguientes contados a partir de:

  1. La notificación de la respuesta a su solicitud de información; o
  2. El vencimiento del plazo para la entrega de la respuesta de la solicitud de información, cuando dicha respuesta no hubiere sido entregada.

¿Cuáles son los requisitos para la interposición del recurso de revisión?

Con base en el Artículo 112, el recurso de revisión deberá de contener lo siguiente:

Adicionalmente se podrán anexar las pruebas y demás elementos que se consideren procedentes hacer del conocimiento al Instituto.

A continuación, dando clic en la imagen, podrá descargar el Manual de Usuario del Sistema de Comunicación entre Organismos Garantes y Sujetos Obligados - Registro Manual de Recursos de Revisón (Organismo Garante)

TRANSPARENCIA.

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