¿Cuáles son nuestras atribuciones?

Atribuciones del ICAI

Dentro de las atribuciones del ICAI se destacan las siguientes:

· Conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por las personas en contra de los sujetos obligados.

· Establecer y ejecutar las medidas de apremio y/o sanciones, según corresponda conforme a lo establecido en la Ley General y esta ley.

· Establecer la integración, organización, funcionamiento y atribuciones de las comisiones del instituto que establezca esta ley o que cree el Consejo General, para el debido funcionamiento del instituto.

· Establecer un sistema interno de rendición de cuentas claras, transparentes y oportunas, así como garantizar el acceso a la información pública dentro del instituto en los términos de la ley.

· Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en la materia, así como dictar las normas y previsiones destinadas a hacer efectivas tales disposiciones.

· Interponer acciones de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter estatal y municipal, que vulnere el derecho de acceso a la información y la transparencia.

· Vigilar y evaluar el cumplimiento de la garantía de la información pública de oficio y demás obligaciones de transparencia, así como emitir las recomendaciones en la materia.

· Promover que la Información Pública de Oficio sea desagregada por género.

· Establecer las garantías necesarias para el acceso a la información pública, la protección de los datos personales y demás atribuciones en la materia.

· Aprobar las iniciativas de leyes o decretos en la materia, para después presentarlas al Congreso del Estado, por conducto de su Comisionado Presidente.

· Establecer políticas de transparencia proactiva atendiendo las condiciones económicas, sociales y culturales.

· Celebrar convenios de apoyo y colaboración con autoridades federales, estatales o municipales; particulares o sectores de la sociedad cuando sus actividades o productos resulten de interés público o relevancia social.

· Promover la rendición de cuentas de los poderes públicos entre sí, y la transparencia y rendición de cuentas hacia los ciudadanos y la sociedad.

· Promover la regulación e instrumentación del principio de publicidad de los actos y decisiones, así como el libre acceso a las reuniones de los poderes públicos estatales, municipales y organismos públicos autónomos.

· Cumplir y hacer cumplir los principios en la materia.

· Emitir las recomendaciones a los sujetos obligados para diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura gubernamental que permitan orientar las políticas internas en la materia.

· Determinar y hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley General, esta ley y demás disposiciones aplicables.

· Garantizar condiciones de accesibilidad para que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, su derecho de acceso a la información.

· Coadyuvar en la elaboración, fomento y difusión entre los sujetos obligados de los criterios para la sistematización y conservación de archivos que permitan localizar eficientemente la información pública de acuerdo a la normatividad en la materia.

· Emitir las reglas, criterios o lineamientos necesarios para el adecuado tratamiento de los datos personales.

· Promover de manera permanente la cultura de la transparencia, el acceso a la información pública, el gobierno abierto, la rendición de cuentas, la participación ciudadana, la accesibilidad y la innovación tecnológica.

· Promover la capacitación, actualización y habilitación de los servidores públicos en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de los datos personales y gobierno abierto.

· Orientar y auxiliar a las personas para ejercer los derechos en la materia.

· Diseñar e instrumentar políticas de gobierno abierto, participación ciudadana y comunitaria en la materia.

· Fomentar, promover e incentivar los principios de gobierno abierto y la participación ciudadana y comunitaria en la materia.

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C.P. 25250 Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hrs.

 

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Ultima actualización de la página 09-09-2023