Artículo 21. Fracción XLVI. Aportaciones a municipios en emergencia o desastre
La aportación en dinero o en especie que reciban de las diversas personas físicas o morales, nacionales o internacionales, a través de los centros de acopio o en las instituciones de crédito, para ayudar a los municipios o comunidades en emergencia o desastre.
Fecha de actualización: 07 de noviembre de 2024
Responsable: Lic. María Esther Carreón Serna; Directora de Administración y Finanzas.
Nota Informativa
El Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública, desde la entrada en vigor de la presente Ley de Acceso a la Información Publica para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Instituto no ha realizado ningún tipo de aportación a municipios o comunidades en emergencia o desastre, esto a partir del día 11/09/2015 a la fecha.